Se ha iniciado el período de presentación de solicitudes del Programa de Termalismo para la temporada 2008. La presentación de las solicitudes podrá realizarse a lo largo de buena parte del año, si bien se contemplan dos plazos específicos:
Para los turnos de los meses de enero hasta agosto, ambos inclusive:
- Con prioridad en la adjudicación de plaza: meses de enero y febrero, hasta el día 12 de diciembre de 2007; meses de marzo a agosto, hasta el 16 de enero de 2008 .
- Para su inclusión en el orden que corresponda, en la Lista de Espera de Plazas: Hasta el día 16 de mayo de 2008
Para los turnos de los meses de septiembre a diciembre , ambos inclusive:
- Con prioridad en la adjudicación de plaza: hasta el día 16 de mayo de 2008 .
- Para su inclusión en el orden que corresponda, en la Lista de Espera de Plazas: Hasta el día 31 de octubre de 2008.
Requisitos
El Estado a través del Programa de Termalismo Social proporciona a los pensionistas, que por prescripción facultativa precisen los tratamientos que se prestan en los balnearios y que reúnan determinados requisitos, el acceso, a precios reducidos, a estos establecimientos.
El Programa está organizado y financiado por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales a través del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, quien anualmente concierta con establecimientos termales la reserva de plazas en balnearios para la estancia y tratamiento de los usuarios del Programa.
Pueden ser beneficiarios de una de las plazas del Programa de Termalismo Social los ciudadanos españoles y nacionales de otros países, que cumplen los siguientes requisitos:
Ser pensionista del Sistema de la Seguridad Social por los conceptos de jubilación y de invalidez, en todo caso, y por el concepto de viudedad o de otras pensiones, únicamente cuando el beneficiario haya cumplido los sesenta años de edad.
Igualmente, podrán ser beneficiarios de las plazas los españoles residentes en el exterior, siempre que perciban una pensión pública, tengan más de 60 años de edad y cumplan con el resto de requisitos.
No padecer trastornos mentales graves que puedan alterar la normal convivencia en los establecimientos, ni enfermedad infecto-contagiosa.
Poder valerse por sí mismo.
Precisar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la recepción de los mismos.
Realizar, en el plazo indicado en la convocatoria de plazas, la solicitud y alcanzar el expediente, de conformidad con el baremo establecido, la puntuación que le permita acceder a uno de los balnearios y turnos solicitados.
El solicitante podrá ir acompañado de su cónyuge o de la persona con quien conviva en relación de pareja, para la que no se exige la obligación de percibir pensión de la Seguridad Social.
Estancias y tratamientos
Los turnos tendrán una duración de 12 días, comprendiendo 11 noches.
Los establecimientos hoteleros donde transcurrirá la estancia se encuentran, en la mayoría de las estaciones termales, en el mismo inmueble en donde se efectúa el tratamiento termal, y dispondrán, como mínimo, de los siguientes servicios : Habitaciones dobles con instalación de baño completo o ducha, agua caliente y calefacción, para los balnearios con turnos de primavera, otoño e invierno; comedor, sala de TV y salones sociales para la realización de actividades recreativas.
Los tratamientos termales que se prestan a través del Programa en cada una de las estaciones termales son los que relacionan al detallar los balnearios participantes.
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